Seguro de Embarcaciones

LIBERTAD ABSOLUTA

Un seguro a la medida de cada embarcación y con garantía de asistencia las 24 horas

A partir del 1 de julio de 1999 entró en vigor el Reglamento del seguro de Responsabilidad Civil de suscripción obligatoria para embarcaciones de recreo o deportivas (RD 607/99). El RD 607 que obliga a disponer de su propio seguro a todas las embarcaciones propulsadas a motor (incluso motos acuáticas), embarcaciones sin motor de eslora superior a 6 m y a las embarcaciones extranjeras que cumplan los requisitos anteriores y naveguen por aguas españolas.

Además de las coberturas obligatorias, en Simoes-Ramos te ofreceremos la mejor opción para la inclusión de las coberturas de incendio, daños por colisión, abordaje, robo, naufragio, varada y así como las de accidentes personales que puedan sufrir los ocupantes (muerte, invalidez, asistencia).

Agencia de Seguros Simoes Ramos y Generali Seguros

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